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NORMAS DE TRANSITO EN COLOMBIA

 NORMAS DE TRANSITO


Las 
normas de tránsito o leyes de tránsito son el conjunto de disposiciones, protocolos y señales que rigen la interacción entre vehículos y transeúntes (peatones)

Atenerse a las normas de tránsito es obligatorio para cualquier conductor o cualquier transeúnte que haga vida en el país, dado que tienen rango de ley. De su respeto depende, a fin de cuentas, no sólo la fluidez y armonía del tránsito urbano que puede en ocasiones llegar a ser agobiante, sino también la preservación de vidas y de patrimonios materiales.


LAS SEÑALES DE TRANSITO

Las señales de tránsito son el conjunto de signos o anuncios que componen un lenguaje más o menos universal para informar a tanto conductores como peatones respecto a normativas, condiciones y limitaciones que hallarán respecto a lo vial. Usualmente se encuentran en sitios visibles de la vía y están pintadas o dibujadas en colores específicos de acuerdo a su contenido.

¿Te imaginas una ciudad sin señales de tránsito? Sería un caos. Nadie sabría a dónde ir, ni por dónde pasar, cuándo parar, cuándo seguir o cuándo ceder el paso. Es por ello que esas señales, silenciosas, son fundamentales a la hora de conducir un vehículo.

 

Pero no siempre fueron tan importantes. En 1949 se habló por primera vez de unificar las señales de tránsito en todos los países del mundo, pues cada uno señalizaba las calles a su manera. 


En Suiza, los miembros de la ONU acordaron una serie de códigos que se entenderían en cualquier país, y de esta manera evitar confusiones que pudiesen generar accidentes de tránsito. A Colombia, la aplicación de estas normas comenzó en 1982 pero se estableció definitivamente en 1987, cuando el Gobierno adoptó el código interamericano de señales aprobado por la OEA.

 

La reglamentación vial en Colombia ha sufrido varias modificaciones a través del tiempo. En la actualidad, nos rige el Código Nacional de Tránsito. En este código, podrás encontrar, entre otros, información actual sobre las señales de tránsito que debes conocer y respetar.


clases de señales de Transito


Señales horizontales


Son aquellas que están demarcadas en el asfalto y tienen como objetivo regular el tránsito de todos los actores viales (conductores y peatones). Tienen las mismas condiciones que las señales verticales, solo que están dispuestas de diferente manera.

 

Las señales de tránsito horizontales más importantes son: línea amarilla (doble sentido de circulación), línea blanca (circulación en el mismo sentido, cebras (paso de peatones), líneas paralelas que permiten el paso peatonal, línea antibloqueo, resaltos, entre otros.

 

Como su nombre lo indica, son aquellas que están elevadas sobre la vía. Están dispuestas en grandes postes que pueden visualizarse desde una distancia más apartada, son de gran tamaño y se pueden ver en autopistas, carreteras o vías expresas donde los vehículos andan a velocidades mayores. Algunas de ellas son: señalización de destino, aeropuerto y otras más.


Señales elevadas u Horizontales

 

Como su nombre lo indica, son aquellas que están elevadas sobre la vía. Están dispuestas en grandes postes que pueden visualizarse desde una distancia más apartada, son de gran tamaño y se pueden ver en autopistas, carreteras o vías expresas donde los vehículos andan a velocidades mayores. 


Algunas de ellas son: señalización de destino, aeropuerto y otras más.




Otras señales

  • Luminosas: semáforos, señales luminosas vehiculares,  tachas direccionales, bidireccionales, resaltos virtuales y portátiles.
  • Transitorias: reglamentarias, de prevención, de información y otras señales temporales.
  • Manuales: las que realizan los agentes de tránsito y el conductor.
  • Sonoras: bocinas, sirenas y silbatos.
Por ejemplo, en las señales luminosas como el semáforo.


La señal roja te indica que debes detenerte sin pisar la raya inicial de la zona de cruce, la amarilla que no debes acelerar ni iniciar la marcha y la verde que tienes vía libre para transitar si no hay peatones u otros carros delante de ti. 

Tipos de señales de transito 


Señales reglamentarias 





Se dividen en señales de advertencia y/o peligro, de restricción y prohibición e indican órdenes, limitaciones o prohibiciones impuestas por leyes y ordenanzas. Su cumplimiento es obligatorio e inexcusable. 
Sirven para limitar, obligar o prohibir determinadas situaciones en el tránsito y también para instruir al conductor sobre cómo proceder en uno u otro caso, en el lugar en que estén ubicadas. 
Existen dos formas para estas señales: circulares y triangulares (triángulo equilátero invertido). Sin embargo, hay algunas exclusivas, como la de "PARE", cuya forma es octogonal.





Señales preventivas 




Avisan con antelación sobre la proximidad de una circunstancia o variación de las condiciones de la ruta, que puede resultar sorpresiva o peligrosa para el conductor o los peatones. No son de carácter obligatorio pero es preciso dejarse guiar por su información para que no incurrir en riesgos o comportamientos que atenten nuestra seguridad. También se les denomina señales genéricas de prevención y son romboidales, de color amarillo, con una línea negra perimetral y figura también negra.  En algunos países el triángulo equilátero sobre su base, de fondo blanco y línea roja es una señal preventiva que advierte sobre una situación de máximo peligro






Señales informativas



Este tipo de señales verticales no transmiten órdenes ni previenen sobre irregularidades o riesgo en la vía pública y carecen de consecuencias jurídicas. Están destinadas a identificar, orientar y hacer referencia a lugares, servicios o cualquier otra información útil para el viajero. Se colocan al costado de la vía de circulación (verticales) en forma similar a las preventivas en zona rural. La forma de estas señales por lo general es un rectángulo de posiciones y dimensiones variables. Cuentan con varios fondos.  Por ejemplo, el fondo azul se utiliza para señales de carácter institucional, histórico y de servicios. El color blanco como fondo es el que se usa para señales educativas o para anuncios especiales


Señales transitorias 


Se utilizan para establecer controles de tránsito en las áreas donde se construyen o se hacen trabajos de mantenimiento de vías. Estos controles dirigen en forma segura a conductores y peatones por las áreas de trabajo y protegen a los trabajadores. Entre ellas están:

1. Señales reglamentarias, preventivas o informativas, de color naranja.
2. Barricadas, paneles verticales, barriles y conos. Son los dispositivos más usados para alertar a los conductores, sobre las condiciones inusuales o potencialmente peligrosas en las áreas de trabajo de las vías. Durante la noche, pueden estar equipadas con luces de advertencia.
3. Abanderados. A menudo se dispone de personas para parar, reducir velocidad o guiar con seguridad el tránsito a través de las áreas de trabajo en las calles y carreteras. Se llaman abanderados porque usan banderas rojas o paletas con la palabra Pare. Si encuentra un abanderado, reduzca la velocidad y avance con cuidado cuando se lo indique esta persona.
*http://froac.manizales.unal.edu.co/roapRAIM/scorm/216/



10 Reglas de oro para evitar problemas o sanciones mientras conduces o caminas por el país:


1- Necesitas un extintor y otros equipos de seguridad

Es importante que tengas claro que el Código Nacional de Tránsito establece en el artículo 30 la obligación de contar con equipos para la prevención y seguridad. ¿Cuáles? No pueden faltar:

  • Un gato con capacidad para elevar el vehículo
  • Una cruceta
  • Dos señales de carretera en forma de triángulo de material reflectivo y con soportes para colocarse en forma vertical. En su lugar también puedes tener lámparas de señal de luz amarilla intermitentes o de destello
  • Un botiquín de primeros auxilios
  • Un extintor. 
  • Dos tacos para bloquear el vehículo.
  • Caja de herramientas básica. Como mínimo debe contener: alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas.
  • Llanta de repuesto.
  • Linterna.

La multa por no contar con extintor y todos estos equipos de seguridad equivale a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes.

2- Te pueden inmovilizar el carro

El Código Nacional de Tránsito establece en el artículo 122 la posibilidad de inmovilización del vehículo por las siguientes infracciones: 

  • Presentar licencia de conducción adulterada o ajena.
  • Utilizar combustibles no regulados, como gas propano u otros que pongan en peligro la vida.
  • Infracción a las prohibiciones sobre dispositivos o accesorios generadores de ruido, sirenas y alarmas.
  • Positivo en la prueba de alcoholemia. 
  • Falta de licencia de conducción.
  • Conducir sin el seguro obligatorio.
  • Llevar niños menores de 10 años en el asiento delantero. 
  • Remolcar a otro vehículo.
  • Transitar por sitios restringidos en horas prohibidas.
  • No informar a la autoridad de tránsito competente el cambio de motor o color de un vehículo.
  • Transitar en motocicletas y motociclos por las ciclorrutas o ciclovías.
  • No utilizar el casco de seguridad mientras vas en bicicleta, triciclo, motocicleta, motociclo y mototriciclo.
  • Conducir un vehículo de carga en que se transporten materiales de construcción o a granel sin las medidas de protección, higiene y seguridad ordenadas.
  • No asegurar la carga en vehículos de transporte para evitar que se caigan las cosas en la vía.
  • Transportar carga de dimensiones superiores a las autorizadas sin cumplir con los requisitos exigidos.
  • Transportar carga en contenedores sin los dispositivos especiales de sujeción.
  • Conducir un vehículo sin luces o sin los dispositivos luminosos de posición, direccionales o de freno, o con más de dos de ellas dañadas.
  • Transportar en el mismo vehículo y al mismo tiempo personas y sustancias peligrosas, como explosivos, tóxicos, radiactivos, combustibles no autorizados.
  • Conducir un vehículo que se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito.
  • Cambio del recorrido o trazado de la ruta para vehículo de servicio de transporte público de pasajeros, según la autorización del organismo de tránsito correspondiente.

3- No puedes lavar el carro en la calle

El código de tránsito deja claro que se prohíbe lavar vehículos en la vía pública, ríos, canales o quebradas de las ciudades. Las personas que incumplen con esta norma, reciben una sanción equivalente a 8 salarios mínimos legales diarios vigentes.

4- Te pueden suspender la licencia de conducción

El artículo 26 menciona entre las causales de suspensión de la licencia de conducción las siguientes razones:

  • Imposibilidad transitoria física o mental para conducir, soportado en un certificado médico.
  • Decisión judicial.
  • Detención en flagrante estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas.
  • Reincidencia en la violación de la misma norma de tránsito en un período no superior a un año.
  • Prestación de servicio público de transporte con vehículos particulares, salvo cuando el orden público lo justifique.

5- La contratación del SOAT es una obligación


El artículo 42 del Código de Tránsito Terrestre establece que todos los vehículos deben contar con un seguro obligatorio vigente. En Compara puedes contratar el SOAT en solo minutos y desde la comodidad de tu hogar. Asimismo, recuerda que aunque el Seguro Todo Riesgo no es una obligación, es el complemento perfecto para asegurar tu inversión.


6- Es tu responsabilidad conocer la ley

El Código de Tránsito Terrestre dice que toda persona que forme parte de tránsito (peatón, conductor y pasajero) debe conocer y cumplir las reglas y señales de tránsito que le sean aplicables. Es decir, que el desconocimiento de una norma o señal no te salva de una amonestación.

Toda persona que tome parte en el tránsito como conductor, pasajero o peatón, debe comportarse en forma que no obstaculice, perjudique o ponga en riesgo a las demás y debe conocer y cumplir las normas y señales de tránsito que le sean aplicables, así como obedecer las indicaciones que les den las autoridades de tránsito”, estipula el artículo 55.

7- También hay reglas para los peatones

No solo los conductores tienen derechos y deberes. El Código de Tránsito Terrestre fija también algunas normas para los peatones. Estas son las principales prohibiciones:

  • Invadir la zona destinada al tránsito de vehículos, con patines, monopatines, patinetas o similares.
  • Llevar, sin las debidas precauciones, elementos que puedan obstaculizar o afectar el tránsito.
  • Cruzar por sitios no permitidos o transitar sobre el guardavía del ferrocarril.
  • Colocarse delante o atrás de un vehículo que tenga el motor encendido.
  • Sujetarse de vehículos en movimiento.
  • Actuar de manera que ponga en peligro su integridad física.
  • Cruzar la vía atravesando el tráfico vehicular en lugares en donde existen pasos peatonales.

Los peatones que no cumplen con estas reglas se exponen a una sanción equivalente a un salario mínimo legal diario vigente.

8- No puedes estacionar en cualquier lugar

Las zonas prohibidas para estacionar están muy claras en el artículo 76 del Código Nacional de Tránsito. Son las siguientes:

  • En vías arterias, autopistas, zonas de seguridad, o dentro de un cruce.
  • Sobre andenes, zonas verdes o sobre espacio público que sea para peatones, recreación o conservación.
  • En puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en cualquiera de los accesos a éstos.
  • En zonas expresamente destinadas para estacionamiento o parada de ciertos tipos de vehículos, como el transporte público o personas con discapacidad.
  • A una distancia mayor de treinta (30) centímetros de la acera.
  • En carriles para el transporte masivo, sin autorización.
  • En doble fila de vehículos estacionados, o frente a hidrantes y entradas de garajes.
  • Sobre vías principales y colectoras en las cuales expresamente se indique la prohibición o la restricción en relación con horarios o tipos de vehículos.
  • Donde interfiera con la salida de vehículos estacionados.
  • En curvas.
  • Donde las autoridades de tránsito lo prohíban.
  • En zonas de seguridad y de protección de la vía férrea.

La sanción para las personas que incumplen esta regla es una multa de 30 salarios mínimos legales diarios vigentes.

9- Necesitas permiso para poner los vidrios oscuros

La ley 769 prohíbe conducir un vehículo con vidrios polarizados, entintados u oscurecidos, sin portar un permiso. Asimismo, no se permiten propagandas, publicidad y adhesivos en los vidrios, que obstaculicen la visibilidad. Por incumplir con esta norma, te pueden poner una multa de 8 salarios mínimos diarios legales vigentes.

10- Debes respetar procesiones, caravanas y otros

Por último, es importante que sepas que es una obligación respetar los entierros, manifestaciones públicas, procesiones y otras actividades autorizadas por la policía de tránsito. De lo contrario, debes pagar una multa de 8 salarios mínimos legales diarios vigentes.

*AUTOR: Roalber Torres

Las señales de tránsito no son un juego. Están allí para indicarte cómo conducir correctamente. Respetarlas es nuestra obligación como conductores preventivos y de esta manera cuidar nuestra vida y la de los demás. Las personas solo conocen algunas señales de tránsito, aquellas que le son familiares pues las han visto durante toda la vida. Y aunque la gran mayoría son desconocidas para muchos conductores, es su responsabilidad conocerlas y tomar conciencia de su importancia.

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